Hoy se publicó la RESOLUCIÓN SMV Nº 006-2025-SMV/01 “Modifican las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo” dicha modificación se aplica para las empresas supervisadas por la SMV (Superintendencia de Mercado de Valores) dentro de sus cambios se encuentra:
🌍 Mayor responsabilidad del sujeto obligado para revisar la listas GAFI y OFAC en la aplicación de una Debida Diligencia.
✔️ Se indica la posibilidad de intensificar la debida diligencia aplicada al conocimiento del cliente cuando se amerite.
🧑💼 Se le agrega una responsabilidad adicional al Oficial de Cumplimiento que es la de verificar, al inicio y durante la relación comercial con el cliente, la lista de países o jurisdicciones no cooperantes identificados por el GAFI, antes esta verificación era solo periódica.
☑️ Se ha agregado que cuando por causas no imputables al sujeto obligado, éste no pueda cumplir con las medidas de debida diligencia en el conocimiento del cliente: debe no iniciar relaciones comerciales, terminar la relación comercial iniciada o evaluar si corresponde efectuar un reporte de operaciones sospechosas (ROS) con relación al cliente.
🌍 Los sujetos obligados deben aplicar a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones, las contramedidas que se establezcan por norma con rango de ley, cuando el GAFI haga un llamado en ese sentido. Es importante comentar que una contramedida implica las sanciones y procedimientos internacionales que en el orden interno están a cargo de autoridades judiciales o policiales
Como podemos observar este cambio impulsa dar un mayor enfoque a las sanciones de GAFI y OFAC así como los procedimientos internacionales a cargo de autoridades jurisdiccionales y policiales en materia de sanciones. Asimismo, refuerza la debida diligencia aplicada al cliente incluyendo la intensificación del mismo de considerarlo pertinente.
